Documentación necesaria
Documentación necesaria para proceder con la solicitud del exequatur:
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Copia auténtica de la Sentencia legalizada, con la apostilla de La Haya en los países que firmaron el acuerdo de La Haya.
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La Sentencia a legalizar debe constar que es firme.
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Traducción jurada de la Sentencia, si la misma no está en español.
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Poder general para pleitos. Este poder exclusivo para pleitos, es necesario para representarle en el proceso judicial de exequatur. Se puede hacer bien en España ante un Notario o bien en el extranjero, ante la Embajada o Consulado Español o de manera online a través de la sede judicial electrónica del Ministerio de Justicia con DNI electrónico o certificado digital.
Si se trata de un procedimiento de divorcio, hay que aportar el certificado literal de matrimonio. Este documento se obtiene, si el matrimonio se celebró fuera de España, en el Consulado o Embajada o bien el Registro Civil Central en Madrid capital. Si el matrimonio se celebró en España, se solicita en el Registro Civil donde se inscribió el matrimonio.
Si se trata de un Laudo Arbitral extranjero, original o copia autenticada legalizada o apostillada de la resolución arbitral, así como del original o copia autenticada también legalizada o apostillada del acuerdo de sumisión al arbitraje, en ambos casos acompañados de la correspondiente traducción jurada.